La Ley 21.809 marca un hito en la normativa educativa chilena al establecer un marco legal para fortalecer la convivencia, el buen trato y el bienestar en las comunidades educativas desde los niveles de Transición I y II de Educación Parvularia en adelante. Su entrada en vigencia, programada para el 1 de julio de 2026, impulsa un cambio desde un enfoque centrado en la sanción hacia una gestión preventiva y formativa de los conflictos, con énfasis en el diálogo y el desarrollo socioemocional.
Entre sus principales innovaciones, la normativa actualiza la definición de acoso escolar, incorporando cualquier forma de agresión u hostigamiento reiterado, físico o psicológico, que ocurra dentro o fuera del establecimiento, incluyendo explícitamente el uso de medios tecnológicos. Asimismo, establece la obligatoriedad de activar protocolos de investigación en plazos no superiores a dos meses. En esta línea, se profesionaliza la gestión de la convivencia escolar mediante la exigencia de equipos técnicos liderados por un(a) coordinador(a) con dedicación exclusiva, responsables de implementar planes orientados a la salud mental y la resolución pacífica de conflictos. La ley también refuerza la protección de educadores(as) y asistentes de la educación, reconociendo las agresiones de terceros como violencia laboral y resguardando ambientes de trabajo seguros.
Desde CFT CENCO, esta normativa es recibida como una oportunidad para continuar impulsando una transformación en las aulas, fortaleciendo el desarrollo de habilidades socioemocionales a través de estrategias y recursos pedagógicos pertinentes. No obstante, se reconoce que su implementación implica desafíos relevantes, donde el éxito de esta política pública no depende únicamente de su estructura administrativa, sino también de un trabajo preventivo sostenido y articulado en las comunidades educativas.
En este sentido, la institución considera fundamental que la formación socioemocional se inicie desde los primeros años de vida, etapa en la que se establecen las bases del comportamiento social. La neuropsiquiatra Amanda Céspedes ha señalado que la educación emocional temprana es clave para el desarrollo de habilidades socioafectivas, reforzando la importancia de integrar la educación parvularia como eje central en la prevención de conflictos. Bajo este enfoque, el modelo educativo de CFT CENCO promueve una formación integral centrada en la convivencia y el buen trato, sustentada en enfoques teóricos y normativos que consideran el desarrollo humano y sus etapas evolutivas.
El tránsito desde una cultura punitiva hacia una preventiva requiere, además, el fortalecimiento del liderazgo de los sostenedores(as), la conformación de equipos profesionales capacitados y la participación activa de las comunidades educativas, incluyendo a las familias. En este escenario, los consejos escolares adquieren un rol relevante, donde los(as) asistentes de la educación cumplen una función clave en la detección temprana de conflictos, la mediación y la derivación oportuna, contribuyendo al desarrollo de habilidades para relaciones inter e intrapersonales saludables.
Asimismo, se valora la creación del Programa de Bienestar Socioemocional Escolar y la articulación con el sistema de Salud y Seguridad Pública. Sin embargo, uno de los principales desafíos será asegurar una coordinación efectiva que evite acciones aisladas entre los establecimientos y fortalezca un trabajo colaborativo y sostenido.
En conclusión, desde CFT CENCO se entiende que el bienestar educativo constituye la base del aprendizaje significativo. En este contexto, el reconocimiento del rol pedagógico y el resguardo de quienes educan resultan fundamentales para fortalecer el clima de respeto en las comunidades educativas, promoviendo acciones preventivas y restaurativas que complementen el enfoque normativo de la ley.